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Corte Suprema y jueces de inmigración: qué decidió realmente el fallo del 26 de mayo

Una opinión breve y sin firma devolvió el caso sobre la libertad de expresión de los jueces de inmigración a un tribunal inferior por una cuestión de procedimiento. Esto es lo que dijo la Corte, lo que no decidió y por qué nada cambia para quien tiene un caso en la corte de inmigración.

Oliva Mendez-McKinzie
· Cofundadora, Advocasí
7 de septiembre de 2026

Qué pasó

Los jueces de inmigración no forman parte de los tribunales federales ordinarios. Son empleados de la Oficina Ejecutiva de Revisión de Casos de Inmigración (EOIR), una oficina dentro del Departamento de Justicia. En octubre de 2021, EOIR adoptó una regla que exige a los jueces de inmigración obtener la aprobación de un supervisor antes de dar discursos públicos relacionados con sus funciones oficiales. Según la opinión de la Corte Suprema, el propósito era asegurar que el discurso que pudiera verse como respaldado por la oficina fuera coherente con sus posiciones oficiales.

La Asociación Nacional de Jueces de Inmigración impugnó esa regla en un tribunal federal de Virginia, alegando que violaba los derechos de sus miembros bajo la Primera y la Quinta Enmienda. El tribunal de distrito desestimó el caso: bajo la Ley de Reforma del Servicio Civil de 1978, la mayoría de las quejas laborales de los empleados federales van primero a la Junta de Protección del Sistema de Mérito, no a un tribunal de distrito. Después, la Corte de Apelaciones del Cuarto Circuito devolvió el caso para investigar más hechos, con una teoría que ninguna de las partes había planteado: que cambios recientes en esa Junta podrían significar que el sistema de revisión ya no funcionaba como el Congreso lo diseñó.

El 26 de mayo de 2026, en una opinión breve y sin firma en el caso Margolin v. National Association of Immigration Judges (No. 25-767), la Corte Suprema revocó la decisión del Cuarto Circuito. La razón fue de procedimiento: los tribunales deciden las preguntas que las partes realmente plantean, una regla conocida como “presentación de las partes”. En palabras de la Corte, el tribunal de apelaciones decidió “un caso distinto del que [la asociación] presentó”. La sentencia fue revocada y el caso se devolvió “para procedimientos adicionales conforme a esta opinión”. El juez Thomas, acompañado por la jueza Barrett, escribió por separado para decir que el Cuarto Circuito también se equivocó en el fondo. Ese mismo día, la Corte rechazó revisar la petición cruzada de los propios jueces (No. 25-1009). La sentencia formal se envió al Cuarto Circuito el 29 de junio de 2026.

A quién se refiere

Este caso trata de los jueces de inmigración como empleados federales y de lo que pueden decir en discursos públicos sobre su trabajo. Es una disputa entre una asociación de jueces y su empleador, EOIR, sobre cuál es el foro que debe atender su queja.

La opinión no decide si la regla de 2021 viola la Primera Enmienda. No menciona ningún caso de inmigración, ninguna audiencia ni ninguna regla sobre cómo los jueces deciden los casos. No dice nada sobre las personas que comparecen en la corte de inmigración.

Lo que no significa

  • No cambia ningún caso pendiente, ninguna fecha de audiencia ni la forma en que se decide tu caso. El juez asignado a un caso sigue siendo el mismo, con la misma autoridad.
  • No significa que la Corte Suprema aprobó o rechazó la regla sobre discursos. La Corte solo decidió sobre cómo el tribunal inferior manejó el caso.
  • No termina la disputa. El caso vuelve al Cuarto Circuito, y la asociación de jueces todavía puede seguir con sus reclamos por el proceso que la ley establece.
  • No cambia ningún formulario, plazo ni trámite en USCIS o en la corte de inmigración.

Qué hacer con esto

Si tienes un caso en la corte de inmigración, esta decisión no es motivo para hacer nada distinto. Las preguntas sobre tu propia audiencia, tu notificación de comparecencia o tus opciones deben hacerse a un abogado de inmigración con licencia o a un representante acreditado por el DOJ en una organización reconocida. Las organizaciones de abajo son un punto de partida.

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