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Medicaid cambió el 1 de octubre para refugiados, asilados y otros: qué dicen la ley y CMS

Una sección de la ley federal de julio de 2025 limita el financiamiento federal de Medicaid a cuatro grupos a partir del 1 de octubre de 2026. Aquí explicamos a quién nombra la ley, qué les indicó CMS a los estados y qué no cambia.

Oliva Mendez-McKinzie
· Cofundadora, Advocasí
13 de octubre de 2026

Qué cambió

El 4 de julio de 2025, el presidente firmó la Ley Pública 119-21. La sección 71109 de esa ley, titulada “Alien Medicaid Eligibility” (elegibilidad de extranjeros para Medicaid), agrega un párrafo nuevo a la Ley del Seguro Social. Dice que, a partir del 1 de octubre de 2026, el gobierno federal no le pagará a un estado por la asistencia médica de Medicaid a menos que la persona resida en un estado, en el Distrito de Columbia o en un territorio de Estados Unidos y sea una de cuatro cosas: ciudadana o nacional de Estados Unidos; residente permanente legal (titular de la green card); persona con el estatus de “Cuban and Haitian entrant”; o persona que reside legalmente en Estados Unidos bajo un Pacto de Libre Asociación (COFA). El mismo límite se aplica a CHIP, el programa de seguro médico para niños.

El 8 de abril de 2026, los Centros de Servicios de Medicare y Medicaid (CMS) enviaron a todos los estados una carta, la SHO #26-001, que explica cómo aplicar este cambio. CMS escribe que, con excepciones limitadas, los fondos federales de contrapartida ya no estarán disponibles para los beneficios completos de Medicaid o CHIP de los “no ciudadanos calificados” que no estén también en la lista de la ley, y pone como ejemplos a los asilados, refugiados, personas con parole y víctimas de trata, a menos que tengan otro estatus o categoría migratoria que sí esté en la lista. Antes de esta fecha, los refugiados y asilados eran elegibles para Medicaid completo y estaban exentos del periodo de espera de cinco años.

La carta de CMS enumera los grupos que pasan de “sí” a “no” en el financiamiento federal de beneficios completos el 1 de octubre de 2026: refugiados; asilados; personas con parole en Estados Unidos por al menos un año; personas con suspensión de deportación (withholding); personas con entrada condicional otorgada antes del 1 de abril de 1980; personas cubiertas por la Ley de Violencia contra la Mujer (VAWA) como víctimas de maltrato o crueldad extrema; víctimas de trata y ciertos familiares; inmigrantes amerasiáticos; veteranos y militares en servicio activo que residen legalmente y ciertos familiares; indígenas americanos nacidos en Canadá que no son ciudadanos; y ciertas personas afganas y ucranianas con parole. CMS indicó a los estados que deben identificar a estos beneficiarios, intentar primero verificar de nuevo su estatus por vía electrónica a través del sistema SAVE de DHS, y contactar a la persona solo si eso falla. La agencia de Medicaid de Oklahoma, la Oklahoma Health Care Authority, publicó un cambio de política equivalente para SoonerCare: la mayoría de los demás no ciudadanos ya no calificarán para la cobertura completa y quedarán limitados a la Asistencia Médica de Emergencia.

A quién se refiere

Se refiere a personas que no son ciudadanas de Estados Unidos, que tenían Medicaid o CHIP completo por uno de los estatus mencionados, y que no son además titulares de la green card, “Cuban/Haitian entrants” o ciudadanas de un país COFA. La carta de CMS dice que el límite no alcanza a una persona de uno de los grupos afectados que además tiene otro estatus o categoría migratoria de la lista; así trata, por ejemplo, a quien llegó como refugiado y hoy tiene la green card. La carta no dice cuántas personas están afectadas, y no encontramos una cifra oficial, así que los números que circulan sobre Florida, Arizona o cualquier otro estado no están en las fuentes enlazadas aquí.

La ley y la carta tratan del financiamiento federal. CMS escribe que no exigirá a los estados ofrecer cobertura de salud pagada solo con fondos estatales a estos grupos, y que la cobertura que un estado decida seguir pagando con su propio dinero no se consideraría Medicaid. Si un estado en particular lo hace es una decisión de ese estado, y las fuentes de este artículo no indican cuáles lo han hecho.

Lo que no significa

  • No cambia el Medicaid de emergencia. La ley mantiene la excepción para la atención y los servicios necesarios para tratar una condición médica de emergencia, y CMS confirma que el financiamiento federal del Medicaid de emergencia sigue disponible para estos grupos a partir del 1 de octubre de 2026.
  • No excluye a los titulares de la green card. La ley nombra a los residentes permanentes legales como elegibles. CMS dice que el periodo de espera de cinco años que ya se aplicaba a muchos residentes permanentes sigue vigente, con sus excepciones actuales.
  • No anula la opción para niños. En los estados que eligieron la opción CHIPRA 214, los niños que residen legalmente (hasta los 21 años en Medicaid, 19 en CHIP) y las mujeres embarazadas pueden seguir recibiendo beneficios completos, y CMS dice que un niño refugiado o una mujer embarazada refugiada en uno de esos estados puede quedar cubierto por esa vía. Al 2 de abril de 2026, la lista de Medicaid.gov de estados con esa opción no incluye a Oklahoma ni a Arizona; sí incluye a Florida y Texas para niños.
  • No significa que un caso se cierre sin aviso. La carta de CMS dice que los estados deben dar a la persona un tiempo razonable para responder antes de tomar una acción adversa, un periodo de oportunidad razonable de 90 días si una nueva declaración de estatus no se puede verificar y, en Medicaid, un aviso escrito con al menos diez días de anticipación antes de una terminación propuesta y la posibilidad de pedir una audiencia justa.

Qué hacer con esto

Las citas y fechas de arriba vienen del texto de la ley en govinfo.gov, de la carta de CMS a los estados del 8 de abril de 2026 y del cambio de política publicado por la Oklahoma Health Care Authority, todos enlazados al inicio de esta página. Qué significa todo esto para la cobertura o el estatus migratorio de una familia en particular es una pregunta para un abogado de inmigración licenciado o un representante acreditado por el DOJ, y las organizaciones de abajo son un buen punto de partida. Advocasí ayuda a preparar la documentación una vez que un asesor calificado ha dicho qué camino aplica.

Advocasí no es un bufete de abogados. Explicamos qué dice una política y ayudamos a las personas a preparar su propia documentación cuando un asesor calificado les ha dicho qué camino aplica.

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